
Dos movimientos regulatorios en los primeros meses de 2026 cambiaron sin ruido lo que algunos compradores pueden enviar a la UE. Ninguno fue titular. Ambos generan papeleo, y uno trae una fecha firme.
Si compra productos químicos o artículos para el mercado europeo, esto es lo que cambió de verdad — y qué hacer antes de que se convierta en una retención aduanera o una auditoría no superada.
El 4 de febrero de 2026, la ECHA añadió dos sustancias a la Lista de Candidatas de sustancias extremadamente preocupantes (SVHC) de REACH, elevando el total a 253.
Una entrada en la Lista de Candidatas no prohíbe nada. Lo que hace es activar obligaciones:
El riesgo silencioso: el n-hexano es tan común que los equipos lo dan por bueno como "solo un disolvente". Desde el 4 de febrero, es una sustancia sobre la que sus clientes pueden preguntarle formalmente.
Por separado — y aquí es donde la gente se confunde — la UE ya restringió los PFAS en espumas contra incendios. Es derecho en vigor, no una propuesta. El Reglamento (UE) 2025/1988 de la Comisión añadió la entrada 82 al anexo XVII de REACH y entró en vigor en octubre de 2025.
La definición es amplia: aquí, PFAS significa cualquier sustancia con al menos un carbono CF3 o CF2 totalmente fluorado. La eliminación es escalonada:
Conviene mantenerlo separado en la cabeza: la restricción de PFAS "universal", mucho más amplia, sigue avanzando por los comités RAC y SEAC de la ECHA, con dictámenes previstos hacia finales de 2026. Esa todavía no es ley. La de espumas sí.
Una secuencia breve y práctica.
Busque n-hexano y BPAF en sus datos de producto y listas de materiales — también como disolventes residuales y dentro de formulaciones, no solo como ingredientes principales. Por encima del 0,1 % en un artículo, las obligaciones son ahora, no después.
Pida a los proveedores una declaración actualizada que cubra las 253 entradas de la Lista de Candidatas y, en concreto, las dos incorporaciones de febrero. Un proveedor que responde en días, con documentos adjuntos, también le dice algo sobre cada futura solicitud.
Confirme el contenido de PFAS frente a la línea de 1 mg/L, confirme la etiqueta de advertencia y compruebe si su producto cae en la categoría de extintores portátiles, la primera que se mueve.
2026-10-23, 2027-04-23, 2030-10-23. Planifique hacia atrás desde cada una para reformulación, recalificación y venta de existencias.
Las actualizaciones de la Lista de Candidatas y los plazos del anexo XVII rara vez son noticia, pero deciden si un envío pasa o se queda parado. Las incorporaciones de febrero de 2026 y la fecha de octubre de 2026 sobre espumas PFAS son ambas manejables — si revisa ahora, pregunta a los proveedores por escrito y pone las fechas en un calendario en lugar de en un memorando.
Perspectivas
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El Reglamento (UE) 2026/859 incorpora el 2,4-DNT al anexo XVII de REACH. Es un cambio estrecho pero preciso: artículos, umbral de 0,1 % en peso, usuarios afectados, transición y exclusiones.

Europa prevé un excedente de etileno y, aun así, el cierre de un solo cracker de vapor puede empujar hacia el cierre a las plantas conectadas a él. Los casos de Böhlen, Brindisi, Amberes y Jarrie muestran cómo los coproductos como materia prima, la química del cloro y los contratos de compra propagan los efectos de un cierre a través de un complejo integrado.

La ficha de datos de seguridad es el principal documento prescrito por la ley para transmitir al siguiente poseedor los peligros de un producto químico y la información sobre su manipulación segura. Con arreglo a REACH de la UE y de Gran Bretaña, la norma estadounidense de comunicación de peligros y la ley china de seguridad de productos químicos peligrosos, contiene campos relativos al registro, la calidad del lote, el transporte y el acceso al mercado, pero por sí sola no resuelve ninguna de esas cuestiones.